La reciente reforma a la Ley de Aguas Nacionales introduce un giro decisivo en la gestión del recurso hídrico en México, al priorizar el consumo humano, reforzar el control estatal y endurecer el régimen de concesiones y sanciones. Este nuevo marco normativo tiene implicaciones inmediatas y relevantes para hoteles, ‘resorts’ y desarrollos turísticos, que deberán adaptarse rápidamente a mayores obligaciones de cumplimiento, sostenibilidad y trazabilidad para garantizar la continuidad de sus operaciones y evitar riesgos legales y operativos.


La reciente reforma a la Ley de Aguas Nacionales en México representa un cambio sustancial en la regulación del uso y gestión del agua, con impactos directos y significativos para el sector turístico y hotelero.

El nuevo marco legal prioriza el consumo humano y la sostenibilidad, refuerza el control estatal sobre el recurso hídrico, endurece el régimen de concesiones y establece obligaciones más estrictas para todos los usuarios, incluyendo hoteles, resorts y desarrollos turísticos. A continuación, se detallan los principales cambios y sus implicaciones prácticas para el sector:

  1. Impacto operativo inmediato para hoteles, ‘resorts’ y desarrollos turísticos

Los establecimientos de hospedaje son intensivos en el uso de agua por su operación diaria, amenidades, lavandería, albercas, spas, áreas verdes, campos de golf, marinas y servicios complementarios. Con la prioridad legal del consumo humano, los hoteles deben anticipar revisiones de volúmenes concesionados, condiciones de descarga, requisitos de prórroga y mayor escrutinio de sus sistemas de medición. Una gestión anticipada reduce riesgos de sanciones, cierres temporales, litigios y costos no previstos, y habilita mejoras de eficiencia, elegibilidad a incentivos y ventajas competitivas.

  1. Prioridad del consumo humano y doméstico

La reforma establece como eje rector la prioridad del uso humano y doméstico del agua. Todas las concesiones, autorizaciones y prórrogas deberán alinearse con este principio.

La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) podrá reducir o cancelar volúmenes concesionados si existe riesgo para el uso prioritario, previa valoración técnica y notificación. Se incorpora la responsabilidad hídrica y el principio de seguridad hídrica, exigibles a todos los usuarios, para garantizar el derecho humano al agua.

Recomendación: Los establecimientos turísticos y hoteleros deben mantener expedientes documentales sólidos sobre el uso del recurso, cumplimiento de condiciones de títulos y operación de infraestructura hídrica, a fin de evitar sanciones y facilitar la obtención de prórrogas o nuevos títulos.

  1. Nuevo régimen de concesiones, asignaciones y reasignaciones

Se endurecen y redefinen los criterios para el otorgamiento, modificación y continuidad de títulos de agua. Se prohíbe la transmisión de concesiones y permisos, salvo en casos específicos (sucesión, fusiones, escisiones, transmisiones de propiedad con títulos vinculados o tierras ejidales/comunales).

Se crean procedimientos expeditos de reasignación y las prórrogas solo se otorgarán si se acredita cumplimiento hídrico continuo. Se limita a dos prórrogas el uso de la cuota de garantía de no caducidad y se elimina la posibilidad de modificar el uso autorizado, evitando la mercantilización del agua.

Recomendación: Preparar con anticipación la documentación de cumplimiento hídrico para aprovechar mecanismos de regularización y asegurar la continuidad operativa de los servicios turísticos y hoteleros.

  1. Impulso al reúso y control de descargas

La reforma promueve una gestión hídrica sostenible mediante incentivos al reúso de aguas residuales tratadas y no tratadas, conforme a la normatividad vigente y mejores prácticas internacionales.

Se exige autorización de CONAGUA para sistemas de captación de agua pluvial con usos distintos al doméstico o urbano, y se establecen condiciones más estrictas para el tratamiento, reúso y control de descargas. Es obligatoria la protección de ecosistemas, cuerpos de agua y salud humana.

Recomendación: Implementar programas de control y monitoreo de descargas, así como estrategias de reúso de agua, para reducir riesgos legales y administrativos, y generar eficiencias operativas y ahorros en el consumo de agua.

  1. Régimen sancionador y delitos hídricos

El nuevo régimen sancionador es considerablemente más severo. Se prevén multas de hasta 30,000 UMAs, clausuras temporales y revocación de títulos.

Se amplían las infracciones y las facultades de inspección de CONAGUA, con sanciones agravadas por reincidencia. Se evaluará la responsabilidad hídrica del usuario al determinar las sanciones y se contempla una exención única para infracciones no graves si se corrigen oportunamente.

Se tipifican delitos hídricos como la manipulación de sistemas de medición, alteración de cauces, extracción ilegal, contaminación a cuerpos de agua y actos de corrupción.

Recomendación: Adoptar sistemas de trazabilidad y cumplimiento hídrico para evitar sanciones, reducir riesgos penales y asegurar la continuidad en la operación y acceso al recurso.

  1. Disposiciones transitorias y reglas de implementación
  • La reforma entró en vigor el día 12 de diciembre de 2025.
  • Se otorga un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor de la reforma (hasta el 12 de mayo de 2026) para emitir reglamentos y actualizar la normativa aplicable. La legislación anterior se aplicará de forma transitoria, excepto para transmisiones y cambios de uso, que quedan prohibidos.
  • El mecanismo de reasignación será aplicable a los 180 días a partir de la entrada en vigor de la reforma (12 de mayo de 2026) y se mantendrán vigentes las reglas actuales de la cuota de garantía hasta la expedición de un nuevo reglamento.
  • CONAGUA emitirá y aplicará programas de regularización y simplificación de trámites y concesiones con prioridad en zonas vulnerables, quedando pendientes de emisión las reglas sobre responsabilidad hídrica y modernización de sistemas de medición.

Conclusión

La reforma a la Ley de Aguas Nacionales exige al sector turístico y hotelero una adaptación rápida a un entorno regulatorio más estricto, con énfasis en la sostenibilidad, la trazabilidad y el cumplimiento continuo, mediante políticas y programas de responsabilidad hídrica.

La adecuada gestión documental, la implementación de estrategias de reúso y control de descargas, así como la adopción de sistemas de cumplimiento hídrico serán esenciales para garantizar la continuidad operativa y evitar contingencias legales y operativas.

Georgina Gutiérrez y José Enrique Cruz 

Departamento de Urbanismo y Medioambiente